EL DERECHO REGULA HASTA QUIEN DEBE MORIR POR COVID-19

“El derecho como el aire, está en todas partes-Carlos Santiago Niño (1943-1993)-“. Con esta frase el Jurista Argentino pretendía establecer la plenitud con la que el derecho regula la vida en sociedad.

Es que para los teóricos de la Escuela Positivista, el Derecho escrito constituía una especie de regla universal, en donde no quedaba nada a la libre determinación de las personas, sino que todas las posibilidades humanas estaban plasmadas en las leyes escritas, cosa que el surgimiento de los códigos pretendió enarbolar como garantía de que no había esfera de la vida sin ser regulada por el derecho escrito. Tanto que mediante las presunciones legales se llegó a la lúgubre teoría de los conmorientes, la cual asigna quien murió antes o después ante un siniestro donde varias personas hayan fallecido, otorgando preeminencia a los jóvenes en preferencia a los más viejos, así como que el hombre tiene aptitud para sobrevivir a la mujer. Dichas presunciones son una especie de selección legal, muy distinta a la selección natural propugnada por Darwin.


Lo anterior puede servir de fundamento para argumentar respeto a lo que está sucediendo en el mundo con la actual situación de pandemia a causa del Covid-19. Son dramáticas las informaciones que revelan la forma en la que se está seleccionando quien tiene más aptitud para sobrevivir. La forma en la que el derecho puede abordar ese tema son variopinta, pero lo que sí es importante determinar cuál es el tipo de interpretación que debe acogerse al momento de valorar la actuación de las personas que decide a quien desconectar de un ventilador, cuando solo hay uno y lo necesitan dos enfermos de coronavirus. En ese caso existen protocolos médicos, parecidos a los que existen en una guerra, en ésta cuando dos soldados necesitan atención y los recursos son limitados debe priorizarse aquel que tenga mejores condiciones para sobrevivir. Esa misma situación están viviendo actualmente los médicos y autoridades que están enfrentando la actual pandemia, respecto a las personas que necesitan atenciones urgentes, deben decidir quién tiene mejor aptitud para sobrevivir.


Éste último elemento es el que llama la atención del derecho, específicamente, los derechos humanos de los que son acreedores los ciudadanos, dado que la acción de desconectar el ventilador a una persona cuando aún está con vida, podría asimilarse al propio acto de causar la muerte de forma voluntaria. Sin embargo, el propio derecho tiene figura como es el Estado de Necesidad, donde la persona que comete la acción se ve compelida actuar contraria a la norma por situaciones externa de la cual no tiene control. Es por ello que la interpretación del derecho que se debe prevalecer es el de favorecer el derecho fundamental en juego. El problema radica cuando existen dos derechos de igual jerarquía que deben ser protegidos, en el caso del joven y el envejecerte, ambos tienen el derecho a la vida.


El derecho ha tenido que combinar las normas escritas con los principios para lograr una interpretación acorde con la protección de los derechos fundamentales en juego. La evolución de la ciencia jurídica necesita pasar de la teoría de los conmorientes, a la teoría de la interpretación de los derechos fundamentales.

Hoy más que norma jurídica, el derecho tiene que abocarse a interpretar los principios que rigen los derechos fundamentales. Por ello ante los cambios sufrido por la humanidad, también el derecho deberá cambiar para lograr dar respuesta a las acciones que se desprenden de decidir quién vive o muere ante la limitación de los recursos disponibles.

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