“Ridícula” y “Títere” como estrategia de litigación penal.

 

El manejo de un escenario tan complejo como lo es un juicio penal, que aun estando en su fase preliminar, es una tarea para seres humanos con capacidades excepcionales, no es tarea fácil. El proceso penal es en sí difícil por los derechos que envuelve el litigio, pero cuando se trata de casos como el denominado “Medusa”, donde converge como imputado un ex procurador general de la república y dos de sus antiguos subalternos como acusadores la situación se complejiza aún más. De ahí que a pesar del gran manejo que ha tenido el Magistrado Amauri Martínez como presidente del tribunal, no ha sido suficiente para enervar los ánimos de los litigantes a tal punto que el propio juez manifestó que “cuando las partes estuvieran dispuestas a litigar como se enseña en la universidad el regresaba”. 

El enfrentamiento suscitado en la audiencia preliminar del caso Medusa entre Yeni Berenice Reynoso, Wilson Camacho y el abogado de unos de los imputados Enrique Vallejo, ha sido tendencia en los últimos días, habida cuenta de que los epítetos pronunciados por el abogado han sido calificados por algunas personas como ofensivos, mientras otros opinan que es parte esencial de la litigación estratégica en el proceso penal. 

Como abogado penalista he sido crítico constante de la forma de litigar de la Magistrada Yeni Berenice, considero que su estrategia de litigación no es compatible con la función que ostenta, pues muy dada a mi juicio a llevar informaciones al proceso que no se corresponden con los debates. En muchos casos he visto que sus pronunciamientos se pueden comparar con chismes, más que propias del litigio. En el caso de la especie, hablar de los recursos que pueda recibir un abogado en un proceso, no puede ser tema de debate, a menos que se considere alguna imputación legal en su contra. Los honorarios no pueden ser tema de debate si se trata del derecho de defensa.

Sin embargo, sí criticable es el hecho de que el Ministerio Público cuestiones los honorarios recibidos por los abogados como parte del derecho de defensa de los imputados, también lo es la reacción del abogado litigante al pronunciar palabras que no se corresponden a un litigio estratégico elegante. Las palabras que emitimos los abogados en el calor del debate están resguardadas por la inmunidad que debe tener el abogado al momento de asumir los intereses de su cliente, a menos que se considere que su utilización acarrea alguna temeridad del litigante.

El Código Procesal Penal en su artículo 134, modificado por la Ley 10-15 establece la forma de proceder cuando una de las partes utiliza tácticas dilatorias o litigado con temeridad, dicha norma debe ser aplicada cuando a juicio del tribunal se presentan los elementos fácticos durante el litigio que permitan apreciar el uso de las tácticas o la temeridad. Para apreciar la situación el tribunal debe tomar en consideración que ciertamente el abogado litigante está abusando de las facultades que le otorga la norma procesal penal, mas no se debe considerar temeridad o dilatación la utilización de las garantías que ofrece el proceso para un efectivo derecho de defensa.

De ahí que “ridícula-que es digna de risa” y “títere-aquel que se deja manejar fácilmente” no forman parte de una litigación estratégica, dado que esta última se puede valorar a partir de argumentos que desvirtúen la posición de la contraparte, pero nunca para denostar, denigrar o maltratar a la contraparte. Aunque dichos epítetos desde mi óptica no constituyen temeridad o dilatación, no implica que pueden ser aceptados como válidos en un litigio estratégico. Tampoco puede ser considerado parte del litigio el ataque directo a los abogados sobre el pago que reciban como parte de sus honorarios.

Finalmente, debemos considerar el litigio estratégico como un arte, todo arte implica elegancia. Los argumentos en el litigio deben sustituir las ofensas y epítetos. Cada litigante es único en estilo, pero el estilo no debe ser ofensivo, pues lo elegante de un litigio estratégico es la belleza de los argumentos de las partes.

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