Derecho Penal Expansivo: una realidad económica

 

Los cambios sociales son el resultado de los avances experimentados a través de la experiencia, vista ésta como una acumulación de eventos que concluye en nuevos conocimientos que por regla general deben ser aprovechados para beneficios del conglomerado que tenga las mejores habilidades y destrezas. No ha sido casual que pasemos de una sociedad primitiva a la esclavista; del feudalismo al capitalismo; del neoliberalismo hasta llegar a una sociedad basada en el conocimiento de la tecnología y la información.

 Esos cambios y avances siempre han estado sustentados en normas jurídicas y sociales  que le permitan perpetuarse en el tiempo. Ello evidencia que el derecho es tan cambiante como la sociedad, esa metamorfosis que sufre la sociedad cada cierto tiempo implica una transformación que incide en la forma que se relacionan las personas entre sí, y con el Estado.

Actualmente estamos en una época de cambios sociales drásticos generados por el aceleramiento de las economías mundiales, la tecnología de la información y comunicación (TIC) y muchos factores que influyen sobre nuestros hábitos económicos, jurídicos y sociales. En respuesta a esos cambios el derecho ha tenido que adoptar formas más abarcadoras de situaciones que hasta ahora no era necesario su intervención, así el cibercrímen es tan real como los viajes al espacio, por solo mencionar dos áreas a las cuales el derecho era ajeno.

Una de las áreas de la vida social más dinámica es la económica, dado que el flujo de capitales de diferentes fuentes ha hecho que muchas acciones u omisiones en las que el derecho no debía inmiscuirse, se torne imprescindible su reglamentación.

En esa área de la vida se despliega todo el arsenal del Derecho Penal Expansivo. Es decir, pasamos de un derecho penal mínimo a una expansión exorbitante de regulación de la vida económica de las personas, empresas y el propio Estado. De ahí que una de las ramas del derecho con desafíos cada día más inquietantes, es la penal. En ese aspecto el derecho penal enfocado en prevenir, erradicar y sancionar las conductas que más afectan al tejido social, ha incursionado con fuerza en la vida económica de las personas a tal punto, que no existe una clara separación entre regulación económica administrativa y derecho penal económico.

La expansión del derecho penal, como todos los cambios no están exenta de críticas, pues las debilidades institucionales, especialmente de los países latinoamericanos, exigen que para limitar esfera de la vida de los ciudadanos se deben lograr unas garantías que impidan el uso arbitrario del Derecho Penal. Ese derecho penal expansivo se ha convertido en la práctica en una rama de la economía, regulada por el derecho penal. Es precisamente este elemento el que debe llamar la atención de las garantías constitucionales que deben gozar los ciudadanos frente al Estado.

Dado que los delitos económicos creados por el derecho penal afectan esfera de la vida de las personas que durante mucho tiempo fueron puntos inaccesible para el derecho, pero que hoy son blanco fácil para intervenir directamente en el libre desarrollo de la vida empresarial de cualquier familia, que durante muchos años de trabajo y esfuerzo, lograron hacer un patrimonio económico que en la mayoría de los casos no pueden ser sustentados con documentos. Por razones variadas la economía informal es uno de los elementos distintivos de muchos patrimonios en países poco institucionalizados. Es así que el cuestionamiento a la forma como una persona logró bonanza económica es caldo de cultivo de esta rama del derecho penal económico.

El derecho penal económico está aún en fase de desarrollo en Latinoamérica, por ello aún no sabemos si se trata de un desprendimiento del Derecho Administrativo sancionador o es propiamente una rama del Derecho Penal, lo que sí debemos estar consciente es que se han creados unos verbos rectores para ciertas conductas que necesitan ser estudiadas, analizadas y divulgadas a la sociedad para evitar que se cometan abusos y arbitrariedades innecesarias en la persecución de delitos derivados de actividades delictivas que generan riquezas ilícitas. Seguiremos con este tema en una próxima entrega.

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