DEBIDO PROCESO VERSUS EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES

La República Dominicana es un Estado Social y Democrático de Derecho según el artículo 7 de la norma fundamental, implica que es un Estado moderno y garantista de los derechos humanos. Por eso la carta magna dominicana garantiza los derechos fundamentales, la tutela judicial efectiva y el debido proceso en sus artículos 68 y 69, éste último artículo configura las reglas mínimas que debe cumplir cualquier proceso, sea éste penal, civil, laboral o administrativo.

Las reglas mínimas del debido proceso en materia penal conllevan requisitos extra-procesales-que deben ser cumplidos aun fuera del ámbito judicial-y endo-procesales –garantías dentro del proceso judicial. Esas reglas son de uso común en la totalidad de los países democráticos, además de que el cumplimiento de las mismas es supervisado por organismos internacionales de derechos humanos.

En ese sentido la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sostiene en su informe sobre la situación de los Derechos Humanos en la República Dominicana de 1999 “la Comisión manifestó su preocupación por el alto número de denuncias recibidas sobre ejecuciones extrajudiciales que ocurrían en el país, y que en su mayor parte aparecían relacionadas con los abusos cometidos por agentes de la Policía Nacional, la Dirección Nacional para el Control de Drogas y las Fuerzas Armadas, quienes se extralimitaban en sus funciones y abusaban de su poder utilizando fuerza excesiva en acciones que concluían con la muerte de las víctimas”.

Por otro lado un informe ejecutivo de amnistía internacional del año 2014 sostiene que “Las estadísticas sobre las ejecuciones cometidas por la policía varían, pero la información reportada dio cuenta de la existencia de un problema persistente. La Policía Nacional reportó que hasta septiembre unas 136 personas habían muerto en enfrentamientos con la policía. Según las últimas cifras disponibles, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (NHRC), una organización no-gubernamental (ONG), estimaba en 155 el número de personas que hasta septiembre habían muerto en enfrentamientos con la policía, y en algunos casos alegaban el uso ilegal o excesivo de la fuerza por parte de los policías”.

Al analizar los informes sobre derechos humanos sobre la República Dominicana, específicamente en cuanto al uso excesivo de la fuerza por los organismos de represión del Estado, podemos asegurar que el debido proceso fuera del ámbito de los tribunales es violentado de manera excesiva por el Estado Dominicano, pues sabemos que dentro de los órganos de justicia penal se violentan derechos como la libertad, defensa, contradicción, etc., cada día, sin embargo, cuando se trata de violación al debido proceso fuera de los tribunales en la mayoría de los casos el derecho fundamental violentado es el más importante del ser humano que lo es la vida, y el mismo es violentado precisamente por quienes tienen que protegerla.

Cada día las autoridades militares y policiales se abrogan el derecho de juzgar sumariamente a un ciudadano y condenarlo sin debido proceso a la privación de ese bien fundamental que se llama la vida. En ese juicio no se respetan ningunas de las garantías mínimas, con la agravante de que son esas autoridades las llamadas a garantizar la integridad y la vida de las personas.

Con ello no pretendemos justificar que los delincuentes le quiten la vida a los militares y policías, pues sus vidas también deben ser protegidas, pero es necesario ser objetivos para debatir el problema que resulta de las ejecuciones extrajudiciales a ciudadanos inocentes atrapados en las vorágines de un combate al delito mal estructurado, dado que hemos sido testigos de ejecuciones a personas acusadas de delincuentes para justificar su muerte y luego resultan ser inocentes estudiantes, sacerdotes o un ciudadano ejemplar en la sociedad.

Las ejecuciones extrajudiciales violentan derechos humanos fundamentales, el Estado debe garantizar el debido proceso a todos, pues los más afectados en esas violaciones son los más vulnerables, marginados socialmente por falta de políticas estatales inclusivas, que terminan siendo los excluidos sociales, sin embargo, aquellos que logran escalar a la esfera de poder económico aun a costa del erario público, no son las víctimas de los juicios sumarios que acaban con la vida, aun siendo los responsables de la existencia de esos marginados, las autoridades militares y policiales les protegen.

Es necesario aclarar que aun sea Jesucristo que vaya a ser enjuiciado para enviarlo a la crucifixión y luego al cielo o Lucifer para enviarlo a la hoguera y luego al infierno, ambos casos en un Estado Moderno y Garantista como se supone es República Dominicana habría que realizarle un juicio justo con las garantías mínimas del debido proceso. Por tanto bajo ninguna circunstancias se puede justificar las ejecuciones extra-judiciales por parte de las autoridades policiales o militares, ellos no pueden juzgar y condenar a alguien sin un juicio justo, deben respetar las reglas del sistema de justicia.

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