Las 3 causales del aborto

En lo que se extiende la aprobación y posterior promulgación de un nuevo Código Penal y se marchitan las aspiraciones o ideas de quienes entienden que, con ese instrumento jurídico, adecuado a estos tiempos, bajaría la criminalidad, cosa poco probable, se discute el tema, una, una y otra vez, de las tres causales del aborto.

Se debe recordar, que, en el año 2014, mediante la Ley 550, se quiso instaurar en el país un nuevo Código Penal, sin embargo, el tema que hoy ocupa los titulares, dio origen, entre otros, a que los esfuerzos por adecuar algunas inconductas a un tipo penal y al menos, conminar a la sociedad a su no realización, so pena de ser sancionado penalmente.  

En lo que el hacha va y viene, las tres causales son las siguientes:

1.-Embarazo producto de una violación o incesto:

De las causales, la que encuentra mayor resistencia, es justamente esta: cuando el embarazo es producto de una violación o incesto.

Las razones: La violación es todo acto de penetración sexual, de cualquier naturaleza que sea, cometido contra una persona mediante violencia, constreñimiento, amenaza o sorpresa (Art. 331 del Código Penal Dominicano). Y de cara al tema, el incesto, es todo lo anterior, pero con la indicación que es realizado por adulto en perjuicio de “un niño, niña o adolescente con el cual estuviere ligado por lazos de parentesco natural, legítimo o adoptivo hasta el cuarto grado o por lazos de afinidad hasta el tercer grado (Art. 332.1 del Código Penal).

En razón de lo anterior, en tanto, existe una norma de carácter penal que adecua esas conductas, solo cuando un juez lo decida es que ese hecho se debe tener como cierto, salvo ligeras excepciones.

Por tanto, si nos quedamos con ese argumento, en lo que un tribunal decide la ocurrencia de una de esas conductas, pueden pasar tres y hasta cuatro años. En consecuencia, en lo que se emite la decisión, sin quizás, la mujer traerá al mundo su hijo. Y de no tomar como referente la decisión de un juzgador, se corre el riesgo de poner de moda el hecho de decir: “Debo abortar, porque mi embarazo es una violación o producto de un incesto”.

2.- Feto tiene deformaciones y científicamente solo vive en el vientre de la mujer:

Sobre esta causal, está en fuentes digitales, que más de 300 mil nacidos vivos mueren al año dentro de las primeras 4 semanas por malformaciones congénitas. Pero también está la orientación de que, si se detecta a tiempo, dentro del embarazo, puede nacer vivo y viable el niño o niña.

Así que, esta debería ser bien vista por todos, obviamente, siempre que se coteje que solo cuando la ciencia establezca la posibilidad de la inviabilidad fetal letal, es que se debe realizar el aborto y en sentido contrario, cuando exista posibilidad de vivir, debe ser rechazado.

3.- Peligra la vida de la madre:

En esta, existe la posibilidad de que la embarazada muera. Para estar de acuerdo o no, se deberían responder algunas preguntas, como son: si en el parto la madre muere, ¿también existe la posibilidad de que muera la criatura al nacer?

Igual, si la madre muere y su hogar es disfuncional, ¿quién asumiría la responsabilidad del nacido?  ¿Será el Estado? Si es el Estado, ¿en la actualidad hay programas para satisfacer necesidades de esa naturaleza? ¿O el cuidado pasaría a los familiares? Y si éstos se niegan o no tienen los medios para satisfacer las necesidades, ¿cuál sería la solución posible? Pero lo más importante, si es la vida de la mujer la que está en riesgo, ¿No debe ser ella la que decida?

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