JUSTICIA VIRTUAL: LO QUE LA PANDEMIA NOS DEJÓ
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La pandemia generada por la Covid-19 nos enseñó que la tecnología puede ser una gran aliada del desarrollo social sostenible, gracias a la virtualidad hemos visto calles con animales salvajes, el agradable verde de la vegetación y grandes cambios en favor del medio ambiente, especialmente una disminución drástica en la contaminación ambiental. Ello a pesar de que el avance económico no se detuvo como se esperaba, pues gran parte de la humanidad siguió laborando desde sus hogares.
Es innegable que la economía mundial se pudo mantener con cierto grado de estabilidad gracias al teletrabajo. Una realidad que muchos dominicanos pudimos comprobar solo cuando llegó una epidemia, la que hizo evidenciar que la tecnología puede ser una aliada ideal para mantener la sociedad en movimiento aún encerrada en sus hogares.
El sistema de justicia de la República Dominicana no escapó a esa realidad, ya que en forma rápida y efectiva se desarrolló todo un sistema para que los servicios judiciales pudieran seguir funcionando, es decir, aun con un Estado de emergencia que cerró prácticamente todas las actividades en las empresas privadas y las instituciones del Estado, pudimos realizar muchas de las actividades del sistema de justicia desde los hogares.
Las críticas de sectores gremiales y abogados en particular que tratan de demeritar el uso de las tecnologías para seguir ofreciendo los servicios, no puede obviar que la virtualidad era necesaria como alternativa razonable para mantener el servicio de justicia. Pues, si bien, en la división tripartita de los poderes en un Estado democrático, implica que un poder no puede traspasar la esfera de otro poder del Estado, ello no puede ser óbice, para entender que la propia Constitución establece situaciones extraordinarias como los Estados de Emergencias. Donde las instituciones estatales deben lograr una efectiva garantía de los derechos fundamentales tomando decisiones que sólo en situaciones extremas se pueden permitir.
En la coyuntura actual la sociedad avanza hacia la digitalización de los procesos administrativos, tanto en el sector privado como en el área gubernamental. Aunque no todos los procesos deben ser digitalizados de golpe y porrazo, sí la tecnología debe ser parte de nuestro diario vivir de manera paulatina hasta llegar a un grado de digitalización tal, que podamos desde nuestras oficinas cumplir con actividades que no necesitan nuestras presencias en una apiñada oficina gubernamental. Nadie puede obviar que muchos derechos y garantías de las partes pudieron ser garantizados gracias al uso de las tecnologías en el sistema de justicia, que si bien, debe ser perfeccionado en el tiempo, la necesidad de mejora, no implica la negación total a sus beneficios.
Parece una contradicción que solicitamos la digitalización de los procesos en los tribunales como audiencias escalonadas, rol de audiencias virtual, depósitos de documentos y acciones judiciales en la red, y por otro lado neguemos el gran avances que significó durante la pandemia poder garantizar derechos fundamentales de víctimas e imputados a través de ciertas audiencias virtuales. Ciertamente existe un momento del proceso, especialmente en materia penal que se hace necesaria una relación inmediata (juicio de fondo) entre el juzgador y las partes, que la tecnología no está en condiciones de satisfacer por el momento, pero existen muchas vistas y audiencias que las TICs están lista para satisfacer los requerimientos y garantizar los derechos envueltos en ese espacio de discusión del proceso.
Si bien es necesario ajuste, ello no puede ser obstáculo para continuar implementando los procesos virtuales, esos mismos procesos que permitieron continuar las labores jurisdiccionales, que de otra manera habría sido un riesgo para la salud y seguridad de todos.
De ahí que la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional de la República Dominicana en la cual declaró inconstitucionales varias resoluciones sobre las actividades jurisdiccionales y las firmas virtuales habrá que analizarla de forma íntegra cuando sea publicada, dado que solo tenemos por el momento el comunicado de aprobación de la misma. Sin embargo, los tribunales constitucionales deben operar como agentes de cambio sociales, el cambio que tenemos por delante es la digitalización, claro está respetando las garantías del debido proceso y la tutela judicial de los derechos fundamentales. Dado que si algo nos dejó la Pandemia bien definida, es que la era digital es un hecho. Por eso pagamos impuestos, renovamos pasaporte, licencias de conducir, legalizamos documentos y un largo etcétera de manera digital, lo que no puede obviar el sistema de justicia.