Incumplimiento del Pacto

El 26 de enero del año 2010, se proclamó la Constitución Política de la República Dominicana en la cual, el pueblo como soberano, acordó confiarles a los representantes del Estado prerrogativas que éstos debían cumplirle a todos los dominicanos.

Los representantes del Estado, para cumplir con ese pacto, establecieron que tenían como función esencial…, “la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto de su dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social, compatibles con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas” (Art.8 CRD).

Sin embargo, pese a ese noble compromiso, y de ahí el consentimiento del pueblo para la firma del pacto, los mismos han incumplido con esas obligaciones.

A seguidas ejemplos de incumplimientos del pacto.

1. Pactaron y han incumplido la “elaboración e implementación de políticas efectivas para la protección de los recursos hídricos de la Nación” (art. 15 CRD);

2. Pactaron y han incumplido en resguardar el derecho que tiene toda persona a que “se le respete su integridad física, psíquica, moral y a vivir sin violencia. El Estado garantizará mediante ley la adopción de medidas necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer” (art. 42.2 CRD);

3. Pactaron y han incumplido en dar “una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, (…) la cual tenga por objeto la formación integral del ser humano a lo largo de toda su vida y debe orientarse hacia el desarrollo de su potencial creativo y de sus valores éticos” (Art. 63.1 CRD);

4. Pactaron y han incumplido “la protección de la salud de todas las personas, el acceso al agua potable, el mejoramiento de la alimentación, de los servicios sanitarios, las condiciones higiénicas, el saneamiento ambiental, así como procurar los medios para la prevención y tratamiento de todas las enfermedades, asegurando el acceso a medicamentos de calidad y dando asistencia médica y hospitalaria gratuita a quienes la requieran” (art. 61 CRD);

5. Pactaron y han incumplido en “condenar toda forma de corrupción en los órganos del Estado”. En sancionar “toda persona que sustraiga fondos públicos o que prevaliéndose de sus posiciones dentro de los órganos y organismos del Estado, sus dependencias o instituciones autónomas, obtenga para sí o para terceros provecho económico; y a toda persona que proporcione ventajas a sus asociados, familiares, allegados, amigos o relacionados (Art. 146.1,2. CRD).

 

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