EL DERECHO CONSTITUCIONAL NOS PUEDE PROTEGER DEL CORONAVIRUS
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El profesor con el cual curse la asignatura de Sociología Jurídica en la Universidad Autónoma de Santo Domingo, refirió en algunas de sus clases que cada profesional actuaba y relacionaba su mundo con el aérea profesional en la que se desempeña.
Así un ingeniero civil analizara el Coronavirus de conformidad a las infraestructura hospitalaria, un economista hará lo propio a partir del impacto económico, el médico obviamente lo hará desde el punto de vista de la posibles alternativas medicinales que debe buscar para enfrentar la enfermedad.
El abogado independientemente de que trate de analizar todas las alternativas anteriores, también buscara explicaciones jurídicas para desde ese perspectiva ofrecer algunas alternativas desde su área profesional, dado que la situación actual no es frecuente, debemos todos en las profesiones que ejercemos poder ofrecer algunas soluciones posibles que tiendan a mitigar o explicar el fenómeno. Desde las ciencias jurídicas hemos visto que la República Dominicana a través del Ministerio de Salud ha procedido a someter a la justicia penal a un joven que hizo una publicación “falsa” sobre la enfermedad, también anuncio el Ministro de Salud que otra persona que propago informaciones “exageradas” será sometida a la justicia.
Los protocolos nacionales e internaciones a seguir, son regulados por normas jurídicas, sean esta resoluciones, decretos, leyes y otros instrumentos legales, en ellos está presente la ciencias jurídicas, es decir, que el derecho es una herramienta de primer orden para lograr la efectividad de las disposiciones que permitan hacer frente a un fenómeno de salud, que está afectando la sociedad global. A todo esto es indispensable el Derecho para lograr el acatamiento de las disposiciones que los Estado están implementando ante la situación.
Es así que términos como: cuarentena, aislamiento, restricciones a la libertad de tránsito, hasta la declaratoria de emergencia que están anunciando diferentes Estados, son herramientas que solo es posible aplicarla a través del uso de las normas constitucionales que les permiten a las sociedades aplicar normas extraordinarias, en momentos de situaciones excepcionales como la actual. Vemos como en China se han encerrado ciudades completas a sus habitantes, en Italia por igual en ciudades que están siendo afectadas por el virus-Covid-19-en Brasil una ciudad de más de 20 millones de habitantes ha sido declarada en Estado de Emergencia, Estados Unidos ha prohibido la entrada de vuelos provenientes de Europa durante un periodo de tiempo, y muchas otras restricciones a los derechos de transido de los ciudadanos de gran parte del mundo.
Cada una de las acciones que están tomando esos Estados, está amparada en normas constituciones que llevan el nombre genérico de Estado de Excepción. Figura que en la Constitución Dominicana está contenida en el artículo 262 de la norma suprema cuando dice: “Se consideran estados de excepción aquellas situaciones extraordinarias que afecten gravemente la seguridad de la Nación, de las instituciones y de las personas frente a las cuales resultan insuficientes las facultades ordinarias. El Presidente de la República, con la autorización del Congreso Nacional, podrá declarar los estados de excepción en sus tres modalidades: Estado de Defensa, Estado de Conmoción Interior y Estado de Emergencia”.
Lo que revela el derecho, en este caso el Derecho Constitucional, que regula todo el accionar del Estado y los derechos de los ciudadanos, es que se presentan situaciones en la vida social, bajo las cuales las competencias ordinarias que les otorga el derecho a los encargados del Poder Ejecutivo no son suficientes para enfrentarla, de manera que inmediatamente ello sucede se activan normas que utilizada de forma correcta permiten a los gobernantes hacer frente a la situación sin incurrir por ello en arbitrariedad o ilegalidad.
Santiago Nino Carlos dijo en algún momento de su fugaz vida que “El derecho como el aire, está en todas partes”, Hoy podemos afirmar que todas las esferas de la vida en sociedad está regulada por el Derecho, tanto que, hasta nos puede proteger del COVID.19.