El derecho a la verdad se enmarca en los nuevos derechos que nacen con el constitucionalismo moderno, este derecho no está descrito en una norma de rango constitucional,
En el marco del constitucionalismo moderno y la doctrina comparada, en los últimos años se han desarrollado varias teorías sobre los derechos subjetivos, cuyos postulantes parten de una
Producto de los avances que ha logrado la humanidad en diferentes ordenes, político, económico, social, cultural y científico y los procesos de integración regional y la globalización, en
Con el paso del tiempo, los procesos de integración regional, la globalización y la apertura de muchos estados a la comunidad internacional, han provocado un avance progresivo en
Para dar respuesta a esta interrogante, hay que decir que las AFP funcionan como intermediarios, cuya finalidad principal es administrar las cuentas personales de los afiliados e invertir
Es increíble escuchar en los diferentes medios de comunicación a connotados y experimentados juristas, economistas, políticos y comunicadores, sobre la catástrofe mayúscula que provocaría daños a la macroeconomía
En el artículo No.95 de la Ley No.87-01 se describe que los ahorrantes son los legítimos dueños del dinero que tiene acumulado en los fondos de pensiones. En
En los últimos días, hemos observado y escuchado con asombro las excusas que plantean algunos altos dirigentes de diferentes Partidos Políticos sobre los válidos y justos reclamos de
El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), instituido mediante la Ley No.87-01, tiene aproximadamente dos (2) décadas y aún persisten las lagunas y las deficiencias en este sistema,
La crisis que se ha desatado a nivel mundial por la pandemia del coronavirus (COVID-19), ha provocado que en muchos países de América Latina como: Panamá, Perú, Ecuador,
Es increíble lo que puede hacer la presión social a través de la participación ciudadana ejercida por los cotizantes (trabajadores públicos y privado) y sus familiares, utilizando la
Esta figura jurídica utilizada en el sistema dominicano de pensiones está contemplada en la Ley No.87-01 en el artículo No.51, estableciendo lo siguiente: “En caso de fallecimiento del
La crisis económica desatada por la pandemia mundial del coronavirus (COVID-19), que ha afectado a casi todos los países del mundo, y de manera particular a la República
He observado estupefacto y lleno de indignación que desde el año 2019, según información reseñada en el periódico Diario Libre de fecha 2 de diciembre, que “Cuatro AFP
Tomando en consideración que al pueblo y a los trabajadores dominicanos, desde el año 2001, les han vendido el sueño y la panacea de los Fondos de Pensiones,
Con el respeto que merece el destacado economista y flamante hombre de negocios, Andrés Dauhajre hijo, mediante estas líneas damos respuestas a su artículo publicado el lunes 13