¿Son Magistrados los Fiscales?
|El término magistrado proviene del latín Magistratus (Funcionario Público), palabra con una integración compleja, Magis (grande), Ado (indica que ha recibido la acción). Encontramos muchos términos asociados como: Ministro, Maestro, etc.. Posiblemente la época de mayor esplendor de las Magistraturas fue la etapa conocida como La República Romana. En la Antigua Roma a los cargos públicos se les llamaban HONORES, es muy común entre nosotros la expresión: Honorable Magistrado. En algunos países, España por ejemplo, no todos los jueces son Magistrados, es necesario subir algunos peldaños para ser llamados de esa manera.
Quienes representan a la sociedad ante los órganos jurisdiccionales son los miembros del Ministerio Público, en el lenguaje común suelen ser llamados Fiscales aunque en ocasiones técnicamente reciben otras denominaciones. Un tema apasionante por parte de los profesionales del derecho es si éstos son o no Magistrados, las opiniones están divididas, mucho más si alguien se “Quilla” (se molesta) con algún representante del Ministerio Público.
Si buscamos en nuestra legislación poco aparece al respecto, el Código Civil llama Magistrados a los Miembros del Ministerio Público al expresar en su Artículo 1597 lo siguiente: “Los jueces o sus suplentes, los MAGISTRADOS EN FUNCIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO, secretarios de tribunales o juzgados, abogados, alguaciles, defensores oficiosos y notarios, no pueden hacerse cesionarios de los derechos y acciones litigiosas, que son de la competencia del tribunal, en el límite de cuya jurisdicción ejercen sus funciones, bajo pena de nulidad, y de las costas, daños y perjuicios” (el resaltado es nuestro).
Este debate es interminable, las pasiones siempre influyen, esperemos que sea enriquecido considerablemente.