Obligación del Estado de garantizar el ejercicio del derecho de participación ciudadana
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En un Estado Social y Democrático de Derecho, como el que hemos adoptado en la República Dominicana, el Estado tiene la obligación positiva de establecer políticas publicas para garantizar la operatividad del derecho de participación de las personas. En este contexto, tomando en consideración que la soberanía reside en el pueblo, en un Estado democrático, la participación de la población en la formulación e implementación de las políticas públicas se erige como un derecho cardinal, y también como una obligación de las personas.
Partiendo de esta realidad, el Estado está obligado a: abstenerse de limitar el derecho de participación, por lo que, debe fomentar el pluralismo, promover la aplicación de diferentes mecanismos de participación, promover mecanismos de democracias participativas en las diferentes modalidades de organización social, promover la participación vertical en la administración pública y horizontal en relación con las personas, la prohibición de sustituir las autoridades competentes en el desarrollo de las actividades de control.
En esa misma línea, se ha pronunciado la Corte Constitucional de Colombia, en la sentencia C-150-15, al abordar las implicaciones de la participación ciudadana en el marco del constitucionalismo moderno, ha postulado que:
La Corte entiende que la participación como derecho de los ciudadanos y eje medular del ordenamiento constitucional vigente implica (i) el deber del Estado de abstenerse de adoptar medidas de cualquier tipo que impidan el libre ejercicio de la participación por parte de ciudadanos y organizaciones sociales, (ii) el deber de adoptar medidas de todo tipo que eviten que las autoridades públicas o los particulares interfieran o afecten el libre ejercicio de las facultades en cuyo ejercicio se manifiesta la participación y (iii) el deber de implementar medidas que procuren optimizar el desarrollo de las diversas formas de participación y que, al mismo tiempo, eviten retroceder injustificadamente en los niveles de protección alcanzados.
Por lo expresado precedentemente, se colige que el Estado para garantizar el pleno ejercicio del derecho de participación ciudadana, tiene la obligación positiva de establecer políticas públicas, tendente a crear las condiciones para que las personas pueden ejercer el derecho de participación.
En conclusión, en un Estado Social y Democrático de Derecho, el Estado tiene la obligación positiva de establecer políticas públicas, que permitan que las personas se desarrollen de manera equitativa y progresiva como se establece en el artículo 8 de la Ley Suprema. En este contexto, la participación ciudadana en la formulación e implementación de las políticas públicas se convierte en uno de los mecanismos por excelencia para participar en la construcción del Estado que aspiramos, y cuyo ideal debe ser en anhelo de todos los dominicanos.