LOS MEDIOS Y LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES


Cuando en un tribunal se ventila un proceso judicial que involucra a políticos o a funcionarios públicos, los medios de comunicación tienen suficiente materia prima para producir sus noticias.

Cada medio aborda el proceso judicial a partir de la visión que tienen de la realidad, de cómo la interpretan y de los intereses que defienden, ya que, en definitiva, los medios de comunicación funcionan como empresas y son los que deciden qué es noticia, qué historia van a contar y cómo la van a contar.

Naturalmente, que cuando los medios le dan cobertura a un proceso judicial intentan transmitir la idea de cierta neutralidad frente a lo que sucede, algo que es difícil de lograr, si aceptamos como verdad lo que señala Violette Morin de que “el solo hecho de hablar de algo coincide con el hecho de tomar partido”.

La neutralidad es una absoluta utopía de los medios de comunicación que es imposible lograr, y mucho menos, frente a los sentimientos de simpatías o antipatías que genera un proceso judicial cuando hay políticos o funcionarios públicos envueltos.

Más que neutral lo que un medio de comunicación deber ser es riguroso en el tratamiento periodístico de la noticia, debe tender hacia el manejo imparcial de la información, sobre todo, por el papel educativo que tienen los medios de comunicación en la sociedad actual, ya que gran parte de lo que sabemos, o creemos saber, se origina en una noticia transmitida por la radio, por la televisión o por la prensa escrita.

Pero la pasión política que a veces se apodera de los medios de comunicación, o las diferencias económicas, hace que en ocasiones sea difícil lograr esto.

Solo hay que ver el tratamiento que se le da a la noticia cuando un hombre público es juzgado y alega violación a un derecho fundamental, aunque aporte la prueba de que real y efectivamente se cometió tal violación, si ese hombre público no es del agrado del medio donde se transmite la información, difícilmente el manejo de la noticia vaya en la dirección de resaltar esa violación.

Es más, he visto con cierta preocupación cómo desde los medios de comunicación se critica el desempeño profesional del abogado defensor que representa los intereses de un hombre público cuando alega violación a una garantía con rango constitucional, como si este alegato estuviera vedado para el hombre público o como si el abogado defensor fuera un colaborador de la justicia cuando su verdadera misión es defender los intereses individuales y concretos de su cliente.

Las garantías constitucionales están disponibles para todos los ciudadanos no importa su condición económica o social, no importa si es un político corrupto, si es un sacerdote pederasta, si es un empresario extorsionador y chantajista o si es un vulgar delincuente. Ellas están disponibles precisamente para ser usadas en el momento que cada quien entienda que más le convenga.

Esas son las reglas en un Estado social y democrático de derecho y es un deber de los medios de comunicación informar que el Estado está en la obligación de castigar los delitos que se cometen pero que también tienen la obligación irrenunciable de respetar las garantías constitucionales que la ley suprema de la Nación pone a disposición de los ciudadanos.

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