La educación ambiental en el Constitución Dominicana de 2010
|La formación de los ciudadanos en materia ambiental reviste una importancia capital, para crear conciencia referente a la protección y preservación del medio ambiente y los recursos naturales. Partiendo de esta realidad, el ordenamiento jurídico dominicano ha creado algunas normas preconstitucionales, que establecen previsiones relativas a la educación ambiental.
En este contexto, el legislador de 2010 ha potencializado el tema de la educación ambiental, al darle rango constitucional. En ese orden, en el artículo 63.13 se describe que:
Con la finalidad de formar ciudadanas y ciudadanos conscientes de sus derechos y deberes, en todas las instituciones de educación pública y privada, serán obligatorias la instrucción en la formación social y cívica, la enseñanza de la Constitución, de los derechos y garantías fundamentales, de los valores patrios y de los principios de convivencia pacífica.
La protección del medioambiente es un deber del Estado, de manera que la presente y futuras generaciones tengan asegurado un espacio natural donde pueden vivir en armonía con la naturaleza. Partiendo de esta realidad, el artículo 67 de la Ley Sustantiva prescribe que: “constituye deberes del Estado prevenir la contaminación, proteger y mantener el medioambiente en provecho, de las presentes y futuras generaciones”.
Además de lo preceptuado en el párrafo anterior, el artículo 75 numeral 11 de la Constitución establece como un deber fundamental “desarrollar y difundir la cultura dominicana y proteger los recursos naturales del país, garantizando la conservación de un
ambiente limpio y sano”.
Estas previsiones constitucionales, tienen una importancia capital ya que, la protección y preservación del medioambiente y los recursos naturales es una obligación que ha asumido el Estado al firmar y ratificar varios convenios internacionales en materia ambiental. Asimismo, el derecho a un medioambiente sano ha sido considerado como un derecho fundamental.
El Tribunal Constitucional ha establecido que el medioambiente es un derecho fundamental y en relación con este tema, ha dictado varias sentencias interesantes referentes a la protección y preservación del medioambiente y los recursos naturales, entre las cuales están: TC-0167-13, TC-0194-13, TC-0230-13, TC-0208-14, T-0234-14, TC-254-14.
En síntesis, es propicia la ocasión ahora que recién inicia un nuevo año escolar bajo la modalidad a distancia, que el Ministerio de Educación aprovechando la catedra de la Constitución, incorpore como un elemento novedoso la educación ambiental, dentro de las actividades formativas para este período lectivo 2020-2021.
Es importante, que los ciudadanos creemos conciencia referente a la necesidad de proteger y conservar el medioambiente, así como los recursos naturales. Es por ello, que se hace imperativo iniciar un amplio programa a nivel nacional de reforestación para mejorar la cobertura boscosa, el caudal de los ríos y la cuenca hidrográfica.