Medios Alternativos de Solución de Controversias
|Conflicto y/o Controversia.
Una de las diferencias más acentuadas entre los autores está en las acepciones de los términos controversia y conflicto. Se plantea que siempre que existan diferencias de criterios entre seres humanos estamos frente a un conflicto, pero si se exterioriza y plantea una confrontación ya se está frente a una controversia.
En su obra Teoría General del Proceso, Carlos Pastor Maravi considera que:
Conflicto y litigio.- Donde halla interrelación entre las personas habrá diferencia de opiniones e intereses y ello generará el conflicto. La palabra litigio tiene una connotación jurídica que significa disputar en juicio. Litigio es un conflicto judicializado.
Conflicto sin litigio.- El conflicto no es llevado al terreno judicial.
Litigio sin conflicto.-No existe conflicto alguno, sin embargo, por motivos x una persona demanda a otra.
Conflicto y controversia.- El conflicto es la colisión de intereses y controversia significa que el sujeto pasivo de la relación jurídica procesal, entiéndase demandado, discuta, contradiga la existencia misma del conflicto afirmado por su contraparte.
Conflicto sin controversia.- El sujeto pasivo de la relación jurídica procesal no cuestiona el pedido del demandante, no ejerce su derecho de defensa. Por ejemplo, el allanamiento o la rebeldía.
Si analizamos detenidamente sobre los significados de los términos señalados precedentemente podemos inferir que sería más correcta la expresión: Medios Alternativos de Solución de Controversias porque se trata de procedimientos destinados a solucionar las diferencias entre personas que ya han trascendido de la simple disparidad de criterios y ya entramos en la confrontación directa.
Los Medios Alternativos por excelencia son:
1- Conciliación,
2- Mediación,
3- Arbitraje y
4- Negociación
Para el Proceso Penal tenemos:
1- Conciliación,
2- Criterio de Oportunidad,
3- Mediación,
4- Procedimiento Penal Abreviado y
5- Suspensión Condicional del Procedimiento.
Una vía importante para llegar a la culminación satisfactoria es el Resarcimiento Integral del Daño.
Todos serán tratados de manera particular en las siguientes entregas.