VIOLENCIA INSTITUCIONAL EN CONTRA DE LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA.


La violencia no es más que el uso del poder para obtener un fin, que se manifiesta en detrimento del violentado a través de la utilización de los medios que permitan dominarlo. El uso de la violencia puede causar daño físico, sicológico o ambos a la vez. Al violentado se le impone por la fuerza una situación que el mismo no puede evitar, sea porque acepta que quien ejerce la violencia tiene los medios para imponerse o porque entiende que resistir seria una tarea imposible de lograr.

Además de la física y sicológica, hoy podemos manejar un número indeterminado de tipos de violencia como la: emocional, verbal, sexual, espiritual, cultural, económica y laboral. Y más recientemente se ha acuñado el término de violencia institucional. La cual se expresa de distinta formas, pero se refiere a las prácticas estructurales de violación de derechos que pueden ser llevadas a cabo por parte de funcionarios pertenecientes a fuerzas de seguridad, fuerzas armadas, servicios penitenciarios, operadores judiciales y personal de salud en contextos de restricción de autonomía y/o libertad del individuo.

En el contexto anterior hemos podido asistir a la “Unidad de Violencia Genero, Intrafamiliar y Delito Sexual de la Provincia de Santo Domingo”. Lo que allí sucede se convierte en un acto de violencia más en contra de la víctima que asiste en busca de ayuda precisamente por haber sufrido algún tipo de violencia relacionada con el género, la familia o sexual, como si fuera poco lo que sufren las víctimas de violencia intrafamiliar y de género con sus parejas, sus vecinos y todos los de una u otra forma violentan sus derechos, en la Provincia de Santo Domingo en la calle Puerto Rico existe dicha “unidad” que de conformidad que el deprimente espectáculo que se observa constituye un claro ejemplo de violencia institucional.

Allí encontramos Mujeres con heridas en la cara, moretones en los brazos, niños o niñas en los brazos, heridas internas que son visibles en el aspecto desganado de sus rostros (delitos sexuales), tiradas en el piso desde temprana horas de la mañana hasta el ocaso del sol. El diario vivir de las doble víctimas de violencia-por sus agresores directos y por la institución estatal encargada de protegerlas-las jóvenes tiradas en el piso, esperando un turno para ser atendida por ministerio público, sicólogo o médico legista, es el diario vivir de las personas que visitan estas instalaciones estatales en busca de protección de sus derechos.

Es urgente que el Estado asuma un rol mucho más activo en favor de las víctimas, dado que este panorama que se observa en la unidad de Violencia Intrafamiliar, Genero y Delitos Sexual adscrito a la Procuraduría General de la República es propio de violencia institucional en contra de las personas que asisten en procura de ayuda institucional, por ello debemos repensar el rol del Ministerio Público en la sociedad actual, pues ésta institución de servicio estatal debe alejarse del otrora representante del poder del monarca, para acercarse más a las víctimas directas del hecho punible, dado que las víctimas han superado el proceso de marginalidad del proceso para formar parte activa de las actividades que realice el representante del poder del Estado.

Conociendo el hecho de que los antecedentes primitivos del derecho penal la víctima era quien ejercía directamente la facultad de castigar al ofensor (Venganza Privada), paso a ser el Estado quien tomó el control del poder de castigar (Ius Puniendi), y por ende marginó a la victima directa hasta el punto que ni siquiera participaba en el proceso. En ese momento es el Ministerio Publico como representante del Estado quien ejercer todas las potestades que en principio le correspondían a las víctimas.

Ese rol del Ministerio Publico ha ido cambiando en favor de la víctima, sin embargo, el órgano de representación del poder estatal no ha realizado los ajustes necesario para proteger los derechos de la persona que sufre el daño por el hecho punible, eso es más latente en el caso de las mujeres y niñas víctimas de violencia de género, intrafamiliar o sexual, por tanto el espectáculo que se observa en la jurisdicción de violencia intrafamiliar y sexual de la Provincia de Santo Domingo debe ser revisado de manera que las victimas sienta que ciertamente es tomada en cuenta por los órganos de investigación del Estado.

Al final será necesario organizar un verdadero programa de asistencia legal a víctimas, el cual venga a coadyuvar la labor del ministerio público, o en su defecto velar porque a las victimas les sean respectados sus derechos para tener un verdadero acceso a la justicia, con ello evitara seguir siendo víctima de la violencia institucional al momento de pretender escapar de la violencia intrafamiliar, de género y sexual.

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