Tu derecho a saber, conocer, investigar y divulgar


Unos de los derechos establecidos en la Constitución del año 2010, es la potencialización del derecho a la libertad de expresión e información, que ya estaba establecido en la norma preconstitucional, Ley General de Libre Acceso a la Información Pública, No.200-04.

El legislador de 2010, al incluir en el texto constitucional este derecho, ha maximizado la eficacia del mismo, de manera que ahora adquiere una categorización de fundamental. En ese sentido, en el artículo No.49 de la Ley Sustantiva se establece que: “Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que puede establecerse censura previa”.

El derecho de toda persona a saber, conocer, investigar y divulgar se ha establecido con claridad meridiana en el numeral 1 del artículo in comento, describiendo que: “Toda persona tiene derecho a la información. Este derecho comprende buscar, investigar, recibir y difundir información de todo tipo, de carácter público, por cualquier medio, canal o vía, conforme determinan la Constitución y la ley”.

Este derecho fundamental, como establecimos ut supra, establecido en la Ley Suprema, ya había sido configurado en le Ley No.200-04, General de Libre Acceso a la Información Pública, al establecer en el artículo No.1, lo siguiente: “Toda persona tiene derecho a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano del Estado Dominicano, y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal”.

En este contexto, tú empleado público o privado que cotizas mensualmente en las diferentes instituciones de Fondos de Pensiones, sabes: ¿Cómo se invierte el 4% que te descuentan mensualmente?, ¿En cuales empresas privadas y financieras se invierte tu dinero?, ¿Cuáles son las condiciones en que tu dinero se coloca en el mercado en forma de bonos?, ¿Dónde está ese dinero? Y finalmente la gran pregunta ¿POR QUÉ ES INVIABLE LA DEVOLUCIÓN DE UNA PARTE DE LOS FONDOS DE PENSIONES?

La realidad es que la mayoría de los cotizantes en los Fondos de Pensiones tienen respuestas para estas preguntas, incluyendo quien suscribe, pero ejerciendo este derecho constitucional y legal, vamos a exigir respuestas con detalle, ya que este es un derecho fundamental y legal.
En síntesis, como cotizantes de las AFP, me interesa saber las respuestas a estas y otras inquietudes que surgirán en el camino y que daremos a conocer próximamente.

Cotizante de las AFP (empleado público o privado), te hago un llamado a que participe en esta cruzada, exigiendo de manera cívica y participativa en los diferentes medios de comunicación tu derecho a saber. Apóyanos y ayúdanos a reclamar tus derechos, súmate y comparte esta información.

¡Hasta el próximo llamado!

Máximo Calzado Reyes
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