Principio de libertad en materia electoral (5-14)

La Constitución dominicana establece en el artículo 122 de la que la Junta Central Electoral tiene como objetivo principal “organizar y dirigir las asambleas electorales para la celebración de elecciones y de mecanismos de participación popularestablecidos por la presente Constitución y las leyes”.

Asimismo, en el párrafo IV del referido articulo se describen los principios de libertad y equidad. En ese sentido, en este apartado se postula que:

La Junta Central Electoral velará porque los procesos electorales se realicen con sujeción a los principios de libertad y equidad en el desarrollo de las campañas y transparencia en la utilización del financiamiento. En consecuencia, tendrá facultad para reglamentar los tiempos y límites en los gastos de campaña, así como el acceso equitativo a los medios de comunicación.

El principio de liberta en el ámbito electoral, esta vinculado a la independencia e imparcialidad que deben tener quienes tienen la responsabilidad de administrar los procesos electorales. Esto significa, que las autoridades electorales al momento de dictar una decisión solo están sujetas a lospostulados establecidos en la Constitución, los instrumentos internacionales de derechos humanos y las leyes.

En ese orden, en el numeral 3 del artículo 4, donde se describen los principios rectores que han de servir de parámetro y guía en los procesos electorales, se describe que la libertad en el ámbito electoral hace referencia a que: 

“Las decisiones y disposiciones emanadas de los órganos de administración electoral serán dictadas con absoluta libertad y en el marco de sus respectivas atribuciones y estarán amparada lo previsto en la Constitución de la República y las leyes”.

En ese sentido, las autoridades encargadas de organizar y desarrollar las elecciones, tienen una vinculación positiva a la norma, lo que implica que estas solo pueden hacer lo que la Constitución y las leyes les permiten. Es por ello, que su accionar debe estar exento de injerencias de algunos de los poderes del Estado, partidos, agrupaciones o movimientos políticos. 

 

Por tales razones, la libertad con que deben actuar las autoridades electorales, constituye una garantía, para todos los que participan en el proceso electoral. Ademas, evita que luego de concluidos los procesos electorales el Tribunal Superior Electoral se llene de impugnaciones, 

En síntesis, el principio de libertad en el ámbito electoral les impone una obligación positiva a las autoridades responsables de organizar y arbitrar los procesos electorales; la cual consiste en su actuación solo debe estar supeditada a los mandatos de la Constitución, los tratados internacionales de derechos humanos y las leyes.

Se igual manera, el principio de libertad en materia electoral se erige como una garantía normativa, administrativa e institucional para las partes que participan en la contienda electoral. así mismo, la observacion del referido principio, permite consolidar la democracia y la institucionalidad.

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