Principio de congruencia de las sentencias

Este principio es una derivación del debido proceso, lo cual implica que el juez al momento de dictar sentencia debe tomar en consideración el principio de contradicción. Esto implica que el juez debe pronunciarse acerca de todos los aspectos planteados por las partes en el marco del proceso. 

En este contexto, el Tribunal Constitucional de Perú, al pronunciase sobre este principio en la sentencia de fecha 27 de agosto de 2003, exp_1300_2002_HC_TC al referirse a este tema, ha postulado que: “El principio de congruencia es uno que rige la actividad procesal, obligando al órgano jurisdiccional a pronunciarse sobre las pretensiones postuladas por los justiciables”.

En esa misma línea, la Corte Constitucional de Colombia  en la sentencia T-455-16, al referirse al principio de congruencia de las sentencias y su alcance, ha establecido el siguiente criterio:

El juez debe tomar su decisión de manera congruente con los hechos, pretensiones y excepciones probadas dentro del proceso. Por lo tanto, no podrá proferir una sentencia en la que se pronuncie acerca de algo que no fue solicitado por las partes (extra petita) o en la que otorgue más de lo pedido (ultra petita), pero tampoco podrá fallar sin pronunciarse acerca de todas las pretensiones, pues de lo contrario deberá explicar de manera suficiente las razones por las cuales omitió referirse a algún pedimento. El principio de congruencia de la sentencia, además garantiza el oportuno uso del derecho de defensa por parte de las partes, puesto que les permite hacer uso de cada una de las herramientas establecidas en la ley para ello.

 

Por las razones expuestas precedentemente se puede afirmar que el principio de congruencia de las sentencias  constituye una limitación a la potestad discrecional de los jueces, ya que estos en su decisión no pueden fallar ni extra ni ultra petita. En ese sentido, en caso contrario, los jueces deben explicar  y motivar en hecho y derecho las razones por las cuales se han excedido u han dejado de fallar en función de las pretensiones de las partes.

 

En síntesis, la observancia del principio de congruencia de las sentencias forma parte del debido proceso y además constituye una garantía normativa y jurisdiccional que les permite a las partes involucradas en un proceso esgrimir se derecho de defensa en función de las motivaciones expresadas por el juzgador.

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