LA CICLOVÍA DEL CAOS EN LA AVENIDA BOLÍVAR

Estoy de acuerdo con las Ciclovías por todos los beneficios que para la salud representa el montar bicicletas. Sin embargo, en un país donde el transito está colapsado, donde no hay horas específicas para la congestión de las calles y donde los conductores del servicio de transporte público no respetan las señales de tránsito, ni a las autoridades, las Ciclovías en vez de contribuir a descongestionar el transito lo complican más y es peor cuando se intenta imponer en una avenida con las características que posee la Avenida Simón Bolívar (“La Bolívar”).

Esa vía cuenta con dos carriles y medio, por ella transitan todo tipo de vehículos (livianos y pesados), se dan servicios públicos de transporte de autobuses, taxis, motores y para el colmo esos choferes tienen paradas autorizadas para estacionarse en el carril derecho hasta llenar de pasajeros los referidos vehículos. En varios tramos y constantemente llega a tener un solo carril por las paradas de autobuses y los carros del concho que operan allí. No hay que ser un genio, ni un gurú del tránsito terrestre para entender el caos que impera actualmente en la avenida Bolívar, que, si bien es cierto que existía antes de implementar la Ciclovía, más cierto es que con su implementación el problema se ha incrementado.

Otro punto a considerar es qué, para aquellos que entienden que las multas que aplican los agentes de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT), a los conductores que transitan ocupando las Ciclovías es de dudosa legalidad, les explico que las mismas son legales y están establecidas en la Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.

El artículo 156 de la referida Ley plantea: “Las Ciclovías. El uso de las Ciclovías será exclusivo para los ciclistas, y estarán reguladas por el INTRANT y los ayuntamientos. Los conductores de vehículos de motor que hagan uso de las Ciclovías serán sancionados con una multa equivalente a un (1) salario mínimo del que impere en el sector público centralizado. Sin embargo, no habrá lugar a sanción cuando los conductores hayan sido autorizados por el INTRANT o los ayuntamientos, en ocasión de alguna actividad temporal”. Solo observar que el artículo anterior habla de sanción a “Los conductores de vehículos de motor”, lo cual implica que también están prohibidos a transitar por ellas los motores.

A nuestro entender, las Ciclovías debieron ser implementadas a modo de prueba piloto en las calles de menor flujo de tránsito, alternas a las principales avenidas del Distrito Nacional.


Ojalá las autoridades del Ayuntamiento del Distrito Nacional entiendan, en su justa dimensión, la situación del caos que impera en el tránsito y antes de implementar cualquier medida populista aplique medidas holísticas, sistemáticas, en pro de contribuir a resolver la problemática del tránsito en la capital dominicana.

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