El principio de buena fe en la investigación penal

El día que el Ministerio Publico presentó ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente, adscrita al séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional al joven José Perdomo, éste tenía la edad, el aspecto y las características de inocente. Explico a su abogado, al juez y a todos los presentes, que él no consumía ni vendía sustancias controladas. Que fue apresado en la cancha del barrio mirando un juego de baskeball. Que siempre que llegaba temprano de la Universidad salía a la cancha a ver esos juegos. 

Le rogó a todos los presentes, que se trataba de un acto de arbitrariedad de la persona con la cual laboraba, pues al exigirles sus prestaciones, despues de ser despedido de forma arbitraria por el gerente de la empresa, inicio un proceso en contra de la empresa para exigir sus prestaciones laborales. Pero que la empresa le ofrecía un monto muy por debajo de lo que por ley le correspondía, por lo que uno de los propietarios le aseguró que si no tomaba lo que le estaban ofreciendo, no lograría obtener eso, ni ninguna otra cantidad, porque él se iba a encargar de que no llegara a feliz término. 

A pesar de lo convincente de la declaración del joven, el Ministerio Publico no se molestó en indagar su versión, a sabiendas de que varias personas presentes en la cancha salieron en defensa del joven, que incluso se desnudó para que todos pudieran ver que él no tenía nada ilegal cuando los dos agentes de la Dirección General de Control de Drogas lo sacaron del público donde observaba el juego y se lo llevaron a la vista  de los presentes a bordo de una motocicleta. 

El día de la vista sobre medida de coerción el representante de la “sociedad”, se limitó a un escueto relato factico, enunciación de los elementos probatorios, entre los que se encontraban los agentes que lo arrestaron y solicito la medida de coerción de prisión preventiva por tres meses, hasta tanto, concluya la investigación. Una investigación que como tanta otras relacionadas con el tipo penal de sustancias controladas, estaban concluida desde antes de iniciar. 

El Juez en su argumentación estableció que aunque le parecía verosímil la declaración del imputado, la investigación penal está investida del “Principio de Buena Fe”, que sería muy difícil que el órgano de persecución penal lleve un proceso en contra de un ciudadano por mero capricho o solo por dañar. 

El principio de buena fe, del cual está revestida la investigación penal, debe ser al igual que en cualquier otra materia, una garantía de la honradez, honestidad y objetividad de las partes que interactúan en un proceso. En el caso del proceso penal, esa honradez es el elemento que permite al juez imponer una medida de coerción de prisión preventiva, en contra de un ciudadano que llega al proceso revestido de la presunción de inocencia. Pero que en virtud a la “buena fe” de la cual goza el órgano de persecución penal, con apenas unos leves indicios y la palabra de un “objetivo” ministerio público se priva de la libertad a ese presunto inocente. 

El caso que hacemos referencia al inicio de este escrito concluyó con un archivo del proceso, luego de una investigación de un órgano superior a raíz de la presión social y relaciones políticas a las que tuvieron que acudir para demostrar la arbitrariedad cometida en contra de ese joven inocente, pero que purgo unos dos meses en una cárcel del país. 

Es imposible hablar de debido proceso, buena fe, honestidad u objetividad en la investigación penal, si los hombres y mujeres que conforman la institución no son honesto e íntegro. Para ello se necesita una formación en valores de ese personal, antes de la elección al puesto, pues la integridad de un ser humano, si bien se puede moldear para un puesto especifico, no se puede crear a partir del ingreso al mismo, es una construcción desde el mismo seno familiar. 

El sistema de justicia penal ha tratado de formar jueces íntegros para la función, debido a que son ellos quienes adjudicaran a las partes con su decisión. Pero sin órgano de investigación penal honesto los ciudadanos no tienen garantía de sus derechos. Pues muchos llegan como imputados siendo víctimas y viceversa. Y el tribunal amparado en el “principio de buena fe”, adjudica la razón el Ministerio Publico contribuyendo con ello a la barbarie penal de condenar justo por pecadores. El principio de buena fe en la investigación penal, debe ser observado con cuidado extremo por el juzgador, hasta tanto se logre un Ministerio Publico honesto y creíble. De lo contrario seguiremos enviando a la cárcel a muchos inocentes como José. En lo penal la fe no puede ser ciega. 

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