El Plagio

El término plagio proviene del latín plagium (robar esclavos, también vender como esclavos a personas libres). La Real Academia de la Lengua Española llama Plagiar: “Copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias”.

En la Antigua Grecia existía como sanción el reproche público por plagio de obras, existen registros de que varios concursantes literarios hicieron pasar como suyos poemas ajenos y fueron sancionados por ROBO. En la Roma Antigua la víctima de plagio de obras podía interponer la actio furti (ejercida normalmente por los dueños contra los ladrones) lo que indica que ya en la antigüedad el plagio recibía sanciones.

La Ley 65-00 sobre Derecho de Autor y los Conexos a éste en su Artículo 169, modificado por el Artículo 56 de la Ley 424-06, expresa: “Incurre en prisión correccional de seis meses a tres años y multa de cincuenta a mil salarios mímicos quien: 1) En relación con una obra literaria, artística o científica, interpretación o ejecución artística, producción fonográfica o emisión de radiodifusión, la inscriba en el registro o la difunda por cualquier medio como propia, en todo o en parte, textualmente o tratando de disimularla mediante alteraciones o supresiones, atribuyéndose o atribuyendo a otro la autoría o la titularidad ajena”. El plagio es muy común en nuestro país, una misma tesis puede aparecer en varias universidades con los nombres de autores cambiados. Es normal que en los trabajos escritos se hagan reproducciones exactas de obras ajenas sin cumplir con las reglas establecidas para las citas textuales.

En el ámbito musical también existe una gran cantidad de casos de plagios, lo normal es que se le hacen algunos cambios a las canciones para que parezca que se trata de una obra completamente distinta.

El Maestro escribió: “…el producto creativo, por su forma de expresión, debe tener suficientes características propias como para distinguirlo de cualquiera otro del mismo género, a diferencia de la copia, total o parcial, de la creación de otros (lo que tipifica un plagio), sin una interpretación o sello personal…” (Ver ANTEQUERA PARILLI, Ricardo; Manual de Derecho de Autor, Tomo I, p. 89, ENJ, 2001).

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