El Empleador

Es la persona física o moral a la cual se le presta un servicio en virtud de un contrato de trabajo.

Distinto a lo que ocurre para el caso del trabajador el empleador bien puede ser una colectividad como un ser humano. Desde hace siglos se ha utilizado la palabra Patrón, hoy ese término está en desuso por múltiples motivos; en la Antigua Roma cuando el amo (dueño) otorgaba la libertad a su esclavo pasaba a ser su PATRÓN, el ex esclavo (liberto) debía seguir presentando determinados servicios a su patrón (antiguo amo) de no hacerlo volvería a caer en la esclavitud, los especialistas han considerado que el término patrón no está acorde con la realidad laboral y que debe ser eliminado de todas las leyes del mundo.

Siendo el contrato de trabajo sinalagmático perfecto resulta evidente que las dos partes quedan obligadas, la principal obligación del Empleador es pagar el salario.

El Estado en principio no es Empleador y sus trabajadores no están amparados por el derecho laboral, la regulación está en la Ley 41-08 sobre Función Pública. Excepcionalmente el Estado es Empleador y sus trabajadores quedan bajo el amparo del derecho laboral, esto sucede:

1- Cuando la institución del Estado de dedica a:

a) Banca,
b) Industria,
c) Transporte y
d) Comercio
(todo esto en virtud del Principio V del Código de Trabajo)

2- Cuando la ley que crea la institución del Estado dispone que sus trabajadores estarán regulados por la materia laboral.

Cabe resaltar que la legislación laboral no se aplica a las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional (también en virtud del Principio V).

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