EL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Y SU INTEGRACIÓN EN 5 PÁRRAFOS

El Consejo Nacional de la Magistratura, tuvo su origen en nuestra legislación constitucional, con la reforma de la Carta Magna del año 1994, fruto de la crisis política que vivió el país para ese entonces, donde se eliminó al Senado de la República, la potestad de elección de los Jueces de la Suprema Corte de Justicia, y de los demás jueces del Poder Judicial.

Con la promulgación de la Constitución del 1994, siguiendo con la Constitución del 2002, hasta llegar a la Constitución del 2010 y la revisión del 2015, ambas integran al Procurador General de la República. El CNM, estaría integrado de la siguiente manera: 1) El Presidente de la República, quien lo preside; 2) El Presidente del Senado de la República; 3) Un Senador miembro de un partido político distinto al del Presidente del Senado; 4) El Presidente de la Cámara de Diputados; 5) Un Diputado miembro de un partido político distinto al del Presidente de la Cámara de Diputados; 6) El Presidente de la Suprema Corte de Justicia; 7) Un Juez de la Suprema Corte de Justicia, electo por su Pleno, quien tendría la función de Secretario del Consejo; y 8) El Procurador General de la República.

El Consejo Nacional de la Magistratura, es un órgano de carácter constitucional, que tiene como misión principal, la selección de los Jueces de la Suprema Corte de Justicia, estas atribuciones les fueron conferidas en la Constitución del 1994, siendo ampliada otras atribuciones con la modificación de la Constitución del 2010, confiriéndole las facultades de elegir además de los Jueces de la Suprema Corte de Justicia, a los Jueces del Tribunal Constitucional, y los Jueces titulares y suplentes del Tribunal Superior Electoral respectivamente. Asimismo, tiene la facultad de evaluar el desempeño de los jueces de la Suprema Corte de Justicia, funciones conferidas en el Art. 3.4, Capítulo III, de la Ley No. 138-11, y en el Reglamento Núm. CMN-2-11, para la evaluación del desempeño de los Jueces de la Suprema Corte de Justicia.

El CNM, se rige por la Ley No. 138/11, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, de fecha 21 de junio del 2011.

Esta ley confiere todos los objetivos, atribuciones, funciones y mecanismos de selección para las convocatorias, quórum y presentación de candidaturas a ser evaluadas por el CNM y posterior elección para la integración de las Altas Cortes.

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