Deuda de una década tiene el MINERD con los técnicos de educación

La Constitución dominicana, modificada en el año 2010, establece en el artículo 6 la eficacia vertical de la Norma Suprema, al describir que “Los órganos que ejercen potestades públicas están sujetos a la Constitución, norma suprema y fundamento del ordenamiento jurídico del Estado”. Esto es lo que la doctrina mayoritaria denomina “eficacia vertical de la Constitución”.

Sin embargo, siempre se escucha a los políticos en tiempo de campaña y algunas personalidades de la denominada “sociedad civil”, argumentar que, en la República Dominicana, debemos todos aunar esfuerzos para mejorar la calidad de la democracia y la institucionalidad.

Pero resulta, que cuando estas personas por cualquier razón acceden a un cargo público, se les olvida, que, a través de la eficacia vertical, estos están sujetos a lo postulado en el texto constitucional. Peor aún, al momento de juramentarse juran cumplir con lo dispuesto por la Constitución y las leyes, juramento que en su accionar resulta muy cuestionado.

En adición a lo expresado en el párrafo anterior, es importante destacar que es de obligatorio acatamiento lo que establece la parte in fine del artículo 184 de la Ley Sustantiva, al prescribir que las decisiones del Tribunal Constitucional dominicano: “son definitivas e irrevocables y constituyen precedentes vinculantes para los poderes públicos y todos los órganos del Estado. Gozará de autonomía administrativa y presupuestaria”.

En ese tenor, resulta preocupante el hecho de que, en la mayoría de los casos, los funcionarios, se creen dioses del olimpo y que están por encima del bien y del mal, ya que de manera olímpica violan no solo la eficacia vertical establecida en el texto constitucional, sino que también hacen caso omiso a las decisiones del Tribunal Constitucional.

En este contexto, el Ministerio de Educación (MINERD) como institución pública, y todos los funcionarios que han pasado desde el año 2012 hasta la fecha, han desconocido el mandato, con eficacia erga omnes, del Tribunal Constitucional (TC) en la sentencia TC-0415-16, que en el ordinal cuarto prescribe lo siguiente:

CUARTO: ORDENAR al Ministerio de Educación de la República Dominicana (MINERD) cumplir con lo establecido en los artículos 151 y 152 de la Ley núm. 66- 97, de Educación, y el artículo 52, literal “a”, del Reglamento del Estatuto del Docente, y efectúe el pago de los incentivos laborales al personal técnico docente que haya cumplido con las evaluaciones por desempeño, a partir de octubre de dos mil doce (2012), tal y como lo dispone el Acta de la Tercera Sesión Ordinaria del Consejo Nacional de Educación (CNE), del catorce (14) de septiembre de dos mil once (2011)”.

En ese orden, el TC dicto una sentencia con efectos intercomunitis beneficiando además de los accionantes a todos los técnicos que se habían evaluados en igualdad de condiciones que los accionantes. En ese tenor la Oficina de Abogados Tolentino y Asociados, encabezada por el Dr. Wilson de Jesús Silverio Tolentino, y los licenciados Caonabo Miguel Martínez Morel, y Máximo Calzado Reyes, representante de los técnicos que no accionaron, pero que tienen derecho en virtud de que se evaluaron y pasaron la evaluación en el año 2012, desde el año 2016 hasta el año 2022, han realizaron ingentes esfuerzos para que el Ministerio de Educación (MINERD) cumpla con lo dispuesto en la sentencia TC-0415-16. Sin embargo, todos esos esfuerzos fueron en vano, y no ha sido posible lograr que los técnicos recibieran el dinero adeudado desde 2012-2017.

Sin embargo, el MINERD incumplió con un acuerdo firmado por el exministro Roberto Fulcar en fecha 23 de mayo de 2022, y violento el acuerdo de conciliación validado por el TC mediante el acta de conciliación número 0004-2022, de fecha 24 de mayo de 2022. Este incumplimiento provoco que en fecha 2 de agosto de 2022, la “Oficina de Abogados Tolentino y Asociados” trabara un embargo retentivo de las cuentas del ministerio en el Banco de Reservas de la República Dominicana.

En conclusión, partiendo del hecho de que hay continuidad de Estado y que es deber acatar lo que establece la Constitución en los artículos 6 y 184, esperamos que las nuevas autoridades del MINERD encabezada por el ministro Ángel Enrique Hernández Castillo, cumplan con el acuerdo firmado, para que de esta forma los técnicos vean hecho realidad el esfuerzo que realizaron en el año 2012, al someterse a un riguroso proceso de evaluación y obtener las calificaciones que les permitirían recibir un aumento salarial.

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