Derecho de los Inventos

En el ámbito de los Derechos Intelectuales o Propiedad Intelectual a las Ramas del Derecho que estudian y regulan las creaciones humanas aplicables a la materia susceptibles de ser industrializadas suelen denominárselas como: Propiedad Industrial.

Una de esas ramas se encarga del estudio y regulación de los inventos, suele ser llamada: Derecho de los Inventos, Derecho Invencional, Derecho Inventario, etc..

Un Invento es un artefacto nuevo o proceso novedoso que permite hacer algo de una manera diferente o constituye la solución a un problema técnico. Al creador de un invento se le llama: Inventor.

El inventor recibe un título de exclusividad que es lo que se denomina PATENTE la cual tiene una vigencia de veinte (20) años con prórrogas excepcionales.

Suele repetirse que un invento debe superar el estado de la técnica del momento en que se presenta, consideramos que no es correcto, simplemente debe ser diferente. El motor de Combustión Interna que conocemos fue inventado por Nikolaus Otto, de ahí el nombre: Motor Otto, año 1876, en la actualidad es el motor que usamos a gasolina. Posteriormente Rudolf Diesel inventó un motor diferente que es el que en la actualidad usamos a gasoil, suele ser llamado: Motor Diesel.

No podemos afirmar que el motor Diesel (a gasoil) supera al Otto (a gasolina) tampoco que este último es mejor, ambos tienen ventajas y desventajas respecto al otro, lo que podemos afirmar que el invento de Diesel era distinto al estado de la técnica del momento y por eso obtiene la Patente de Invención con la correspondiente exclusividad para la explotación.

En la actualidad ambas patentes ya no están vigentes y cualquier empresa automotriz puede fabricar ambos motores con absoluta libertad.

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